ii. Contrato de trabajo o certificación de las empresas donde haya adquirido la experiencia gremial, en la que conste específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
Nota: los sistemas que incorporen componentes a presión que se encuentren En el interior del ámbito de aplicación del Reglamento de Equipos a Presión, admitido mediante el Real Decreto 809/2021, de 21 de septiembre, serán sometidos a las pruebas establecidas en dicho Reglamento con la periodicidad que en él se especifique.
Esta justificación se realizará mediante la correspondiente marca de conformidad a norma, concedida por un organismo de certificación acreditado por la Entidad Doméstico de Acreditación (ENAC), que cumpla las exigencias establecidas en el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Infraestructura para la Calidad y la Seguridad Industrial.
6. Respecto al cumplimiento de los requisitos de diseño indicados en el apartado 5 inicial, se admitirá el uso de soluciones técnicas alternativas a las recogidas en las normas UNE, EN e ISO citadas en el anexo I, siempre que se cumplan los requisitos mínimos recogidos en el texto de dicho anexo y en el resto de reglamentación específica aplicable. La aplicación de estas soluciones alternativas se realizará bajo responsabilidad del proyectista y previa conformidad del titular, justificando documentalmente que las soluciones adoptadas poseen un nivel de seguridad, al menos, equivalente al que se obtendría por la aplicación de las prescripciones aplicables.
g) Empresa mantenedora: entidad que, cumpliendo las condiciones establecidas en este Reglamento, realiza las operaciones de mantenimiento de los equipos y/o sistemas de protección activa contra incendios.
Mientras dure este plazo transitorio, dichos organismos de control aunque existentes con anticipación podrán realizar inspecciones periódicas e iniciales de acuerdo con el Reglamento aceptado por el presente Positivo decreto, siempre que demuestren que están en proceso de adaptar su facultad a este reglamento y quedando dichas tareas condicionadas a que este proceso se complete exitosamente ayer del plazo fijado de 18 meses.
3. En el caso de cese de la actividad, prohibición temporal de acudir una nueva afirmación responsable o en el caso de modificaciones de datos a los que se refieren los apartados anteriores, el órgano competente de la Comunidad Autónoma desempolvará los datos en el Registro Integrado Industrial, regulado en el título IV de la empresa de sst Condición 21/1992.
El contenido del presente real decreto se aprueba dentro del entorno de la seguridad industrial, de acuerdo con lo establecido en la Clase 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Cerca de destacar que dicha ley no sólo prevé los reglamentos de seguridad industrial, sino que define el ámbito en el que ha de desenvolverse la seguridad industrial, estableciendo los instrumentos necesarios para su puesta en aplicación, de conformidad con las competencias que corresponden a las distintas Administraciones públicas.
Asimismo, quedan excluidas aquellas partes de las instalaciones de protección contra incendios de las instalaciones nucleares que, por su relación con el peligro nuclear y/o radiológico, se encuentren sometidas a los requisitos específicos de vigilancia y mantenimiento establecidos en el documento «Especificaciones Técnicas de Funcionamiento», «Manual de Requisitos de Operación» o documento equivalente, que se recogen en sus correspondientes Permisos de Explotación, o en otros documentos que pudieran derivarse de éste y cuya vigilancia de cumplimiento corresponde al Consejo de Seguridad Nuclear.
SECURETEC Servicio S.A.S. Soluciones e Ingeniería, trabaja para adecuar sus procesos a los requisitos establecidos en el Decreto 1072 de 2015 Texto 2, Parte 2, Titulo 4, Capitulo 6 “por el cual se dictan disposiciones para la implementación del Sistema de Gobierno de la Seguridad y Vitalidad en el Trabajo (SG-SST)” y en la Resolución 0312 de 2019 “ por la cual se definen los estándares mínimos del Sistema de Gobierno de la Seguridad y Vigor en el Trabajo”, con el objeto de resolver y controlar sus peligros continuamente en el marco de un Sistema de Dirección que abarque todos los aspectos de la estructura y demuestre cómo orientar sus actividades hacia el logro de los objetivos de la Seguridad y Vitalidad en el Trabajo.
Últimos datos de siniestralidad Informes anuales de siniestralidad Actividades prioritarias Servicio en función de la siniestralidad Estudios Indicadores evolutivos
e) Emitir un certificado del mantenimiento Mas información informe efectuado, en el que conste o se haga narración a los equipos y sistemas objeto del mantenimiento, anexando copia de las listas de comprobación utilizadas, durante las operaciones y comprobaciones ejecutadas, con las anotaciones realizadas y los resultados obtenidos.
f) Comunicar al titular de los equipos o sistemas las fechas en que corresponde efectuar las operaciones de mantenimiento periódicas establecidas Mas información en este Reglamento.
Seguridad contra incendios. Actas de mantenimiento de las instalaciones y equipos de protección contra incendios. Parte 11: Sistemas de agua nebulizada.